Firma de contratos

Firmar contratos online, con todas las partes y en orden

Firma contratos online con todas las partes: arrendador e inquilino, comprador y vendedor, empresa y cliente. Las partes firman por turnos, desde el ordenador o el móvil y sin crear una cuenta.

Sin tarjeta de crédito · Firma según eIDAS · Datos en la UE

Cómo firmar un contrato online con varias partes

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    Sube el contrato y coloca los campos

    Sube el contrato en PDF, con sus anexos (hasta 1 GB, según tu plan); se guarda en servidores de la UE. Coloca los campos de firma, fecha y texto de cada parte, con ayuda de la detección automática de campos.

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    Añade a las partes y el orden de firma

    Añade a cada firmante con su nombre y correo electrónico, y decide quién firma primero o deja que todos firmen a la vez. Para contratos de más riesgo, activa la verificación de identidad.

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    Cada parte firma cuando le toca

    Cada firmante recibe su propio enlace, confirma un código SMS y firma en el navegador, sin cuenta. Tras la última firma, todos reciben el contrato firmado con la página de certificado.

Contratos que puedes firmar online

  • Contratos de arrendamiento de vivienda y de local
  • Contratos de arras y contratos privados de compraventa
  • Notas de encargo de venta o alquiler
  • Contratos de prestación de servicios
  • Acuerdos de confidencialidad (NDA)
  • Contratos de trabajo
  • Contratos con proveedores y distribuidores

Por qué elegir BuiltSign

Varias partes, en el orden correcto

Decide quién firma primero y quién después, por ejemplo el cliente antes que tu empresa. BuiltSign invita a cada parte cuando le toca y en tu panel ves quién ha firmado y quién falta.

Pruebas de quién firmó

Cada firma queda vinculada a un correo verificado, un código SMS, la dirección IP y la hora en UTC. Para contratos de más valor, añade la verificación de identidad con documento de identidad y selfi (SES+).

Cualquier cambio posterior se puede detectar

Tras la última firma, BuiltSign registra el hash SHA-256 del PDF firmado y solicita un sello de tiempo RFC 3161 a DigiCert, una autoridad independiente. Así se puede detectar cualquier manipulación posterior, y cualquiera puede comprobar el PDF en la página de verificación de BuiltSign.

Plantillas y recordatorios

¿Usas a menudo el mismo modelo de contrato? Guárdalo como plantilla con los campos ya colocados. Y si una parte aún no ha firmado, le envías un recordatorio desde tu panel.

Muchos contratos privados no exigen una forma especial y se pueden firmar con una firma electrónica simple (SES), la firma electrónica básica que define el Reglamento eIDAS (art. 3, punto 10); el método que conviene depende del riesgo, de las pruebas que necesites y de los requisitos de forma. En España, un contrato celebrado por vía electrónica produce todos sus efectos si hay consentimiento y se cumplen los demás requisitos de validez, y si la ley exige la forma escrita basta con el soporte electrónico (art. 23 LSSI). Los contratos de derecho de familia y sucesiones y los actos que exigen documento público o la intervención de un notario, un registrador, un juez u otra autoridad pública se rigen por su propia normativa. La firma de BuiltSign es siempre una SES, también con SES+; no es una firma avanzada (AES) ni cualificada (QES). Esta página es información general, no asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes sobre firmar contratos online

Sí, en general. En España, un contrato celebrado por vía electrónica produce todos sus efectos si hay consentimiento y se cumplen los demás requisitos de validez, y si la ley exige la forma escrita, basta con que conste en soporte electrónico (art. 23 LSSI). Según eIDAS, no se pueden denegar efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba a una firma por el mero hecho de ser electrónica o porque no sea cualificada (art. 25, apartado 1). Si alguien impugna la firma, quien presenta el contrato puede acreditarla con cualquier prueba útil y pertinente, como el registro de auditoría, y si aun así no queda acreditada, el tribunal la valora según las reglas de la sana crítica (art. 3 de la Ley 6/2020 y art. 326 LEC).
No. Con BuiltSign cada parte firma en el navegador con su enlace personal y un código SMS, sin certificado digital ni DNI electrónico. Es una firma electrónica simple (SES), adecuada para muchos contratos privados. Si una norma o la otra parte exige una firma cualificada, necesitas un prestador cualificado de servicios de confianza, porque BuiltSign no ofrece QES.
Los que la ley somete a una forma propia. Los contratos de derecho de familia y sucesiones quedan fuera de las reglas de la contratación electrónica, y un testamento o unas capitulaciones matrimoniales tienen sus propias formas. Los actos para los que la ley exige documento público o la intervención de un notario, un registrador, un juez u otra autoridad pública se rigen por su propia normativa (art. 23 LSSI), como la escritura de compraventa de un inmueble o la escritura de hipoteca. En cambio, el contrato de arras o el contrato privado de compraventa previo a la escritura sí puedes firmarlos online. Si tienes dudas sobre un caso concreto, consulta con tu notario o tu abogado.
Cada firma queda registrada con el correo verificado, el código SMS, la dirección IP y la hora en UTC. El PDF firmado incluye una página de certificado con un enlace de verificación, y desde tu cuenta descargas el certificado de auditoría con la cronología completa. Si activas la verificación de identidad, también consta el resultado de la comparación entre el documento de identidad y un selfi. Si alguien impugna la firma en un juicio, puedes aportar esas pruebas y el tribunal las valora.
Sí. Al enviar el contrato fijas el orden, por ejemplo primero el comprador y después el vendedor. Cada parte recibe su enlace cuando le toca y en tu panel ves quién ha firmado. Si el orden no importa, todas las partes pueden firmar a la vez.
Sí. Cada firmante recibe su propio enlace y firma en el navegador del móvil, la tableta o el ordenador, sin cuenta y sin instalar ninguna app. Así cada parte firma desde donde esté, en el orden que fijes o a la vez.

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