Para autónomos

Contratos con clientes, firmados en segundos

Deja que tus clientes firmen contratos desde su bandeja de entrada: sin impresora, sin retrasos, sin excusas.

A qué se enfrentan los autónomos

  • Perseguir a los clientes para conseguir una firma en papel retrasa el inicio de cada proyecto
  • Las aprobaciones por WhatsApp o por correo electrónico no tienen peso legal cuando surge un conflicto
  • Sin un documento de alcance firmado, no puedes oponerte a los trabajos extra que se van sumando sin haberlos pactado

Documentos que los autónomos firman a menudo

  • Documento de alcance (SOW)
  • Contrato con el cliente
  • Acuerdo de confidencialidad (NDA)
  • Propuesta de proyecto con aceptación
  • Anexo por cambio de tarifas
  • Factura con conformidad firmada

Cómo funciona para ti y tu cliente

Autónomo

  1. 1Sube tu contrato o tu propuesta
  2. 2Introduce el correo electrónico del cliente
  3. 3Envíalo para firmar en menos de 30 segundos
  4. 4Recibe un aviso en cuanto firme y descarga la copia certificada

Cliente

  1. 1Recibe un enlace de firma por correo electrónico
  2. 2Revisa el documento en cualquier dispositivo
  3. 3Firma dibujando o escribiendo tu firma, sin necesidad de cuenta
  4. 4Ambas partes reciben automáticamente una copia certificada

Por qué los autónomos eligen BuiltSign

Firma desde cualquier dispositivo

Tus clientes firman en el móvil o en el portátil. Recibes un aviso al instante y ambas partes reciben una copia certificada.

Válida conforme a eIDAS en toda la UE

Una firma electrónica simple (SES) conforme a eIDAS, con un registro de auditoría que respalda tus evidencias si un cliente impugna el contrato.

Rápido y gratis para empezar

Prueba gratuita de 5 días, sin tarjeta de crédito. Pro desde 19,99 €/mes, IVA no incluido (1 usuario incluido), con transacciones ilimitadas a través de la app web (uso razonable).

Preguntas sobre la firma electrónica para autónomos

No. Tus clientes reciben un enlace por correo electrónico y firman en su navegador sin registrarse. Sin app y sin iniciar sesión.
Sí. Cada documento firmado incluye un certificado con marca de tiempo, dirección IP y verificación del correo electrónico. Es una prueba electrónica admisible conforme al Reglamento eIDAS de la UE; en caso de litigio, el tribunal decide qué valor le concede.
Sí. En España, los contratos obligan sea cual sea la forma en que se celebren, siempre que reúnan los requisitos esenciales de validez (artículo 1278 del Código Civil). Un contrato de prestación de servicios puede firmarse electrónicamente con una firma electrónica simple (SES) conforme a eIDAS, y si la ley exige que conste por escrito, el soporte electrónico cumple ese requisito (artículo 23 de la Ley 34/2002).
Se envían recordatorios automáticos por correo electrónico. También puedes reenviarlo manualmente o fijar una fecha límite: el enlace de firma caduca automáticamente.

¿Listo para empezar?

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Hasta 1 GB por documento en Business PlusCifrado AES-256Válida conforme a eIDAS

Al hacer clic en Empieza gratis aceptas los términos y condiciones y la política de privacidad. Si no terminas el registro, te enviaremos un único recordatorio.