¿Qué diferencia hay entre firma digital y firma electrónica?
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Respuesta corta
La firma electrónica es el concepto jurídico: según eIDAS, los datos en formato electrónico que el firmante utiliza para firmar. La firma digital es una técnica: una firma criptográfica hecha con la clave privada asociada a un certificado, que muestra qué certificado firmó y si el documento cambió después. Es una forma de crear una firma electrónica. Para muchos contratos privados basta una firma electrónica con buenas pruebas.
Qué es la firma electrónica y qué es la firma digital
Firma electrónica es el término jurídico. El Reglamento eIDAS la define como «los datos en formato electrónico anejos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos que utiliza el firmante para firmar» (artículo 3, punto 10). No exige ninguna tecnología: un nombre escrito o una firma dibujada en el móvil pueden serlo si los usas para firmar.
Firma digital es un término técnico, no legal: eIDAS, la Ley 6/2020, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la LSSI no la definen, y la expresión ni siquiera aparece en su texto vigente. Aun así se usa mucho, también en la web oficial firmaelectronica.gob.es, para hablar de firmar con un certificado electrónico o con el DNIe. Funciona así:
- Tienes una clave privada, que solo controlas tú (en tu ordenador o en el chip del DNIe), y un certificado electrónico que contiene la clave pública correspondiente. Lo expide un prestador de servicios de confianza, como la FNMT, tras comprobar tu identidad. Este sistema de claves, certificados y autoridades se llama infraestructura de clave pública (PKI).
- El programa de firma, por ejemplo AutoFirma, la aplicación de firma de la Administración, calcula el hash del documento: una huella que cambia si cambia un solo carácter.
- Con tu clave privada, el programa firma esa huella y guarda la firma en el archivo, normalmente junto con tu certificado.
- Quien recibe el documento comprueba la firma con la clave pública del certificado. Si el documento ha cambiado, la comprobación falla; si el certificado es válido, sabe a nombre de quién se expidió.
Firma digital y firma electrónica, comparadas
No son opuestas: la firma digital es una forma de crear una firma electrónica. La diferencia está en lo que cada una demuestra por sí sola.
- Qué es: la firma electrónica es cualquier forma electrónica de firmar; la firma digital, una técnica que sella el documento con un certificado.
- Ejemplos: una firma dibujada con registro de auditoría o un nombre escrito son firmas electrónicas; un PDF firmado con tu certificado de la FNMT o con el DNIe lleva una firma digital.
- Qué demuestra: una firma dibujada demuestra poco sin más; su valor está en las pruebas que la rodean (correo y móvil verificados, horas, hash del documento). Una firma digital demuestra qué certificado firmó y que el documento no ha cambiado.
- Identidad: la firma digital identifica al titular del certificado. Según eIDAS, un certificado de firma electrónica vincula los datos de validación de la firma con una persona física y confirma, al menos, su nombre o seudónimo (artículo 3, punto 14). Sin certificado, la identidad se acredita con otras pruebas, como un código SMS o una verificación con documento de identidad.
- Estatus jurídico: las dos son firmas electrónicas. A ninguna se le pueden denegar efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba por el mero hecho de ser electrónica (eIDAS, artículo 25). Solo la cualificada tiene, por ley, un efecto equivalente al de una firma manuscrita, y una firma digital no es cualificada solo por usar un certificado.
Simple, avanzada y cualificada: dónde encaja cada una
eIDAS distingue tres niveles de firma electrónica, que explicamos en firma electrónica simple, avanzada y cualificada. En relación con la técnica:
- Una firma dibujada o escrita con registro de auditoría suele ser una firma electrónica simple.
- Una firma digital puede ser avanzada si cumple el artículo 26: entre otros requisitos, permitir identificar al firmante, crearse con datos bajo su control exclusivo y hacer detectable cualquier modificación posterior.
- Es cualificada si además se crea con un dispositivo cualificado de creación de firmas y se basa en un certificado cualificado (artículo 3, punto 12). No toda firma con certificado lo es.
- Firma electrónica reconocida es un término de la Ley 59/2003, ya derogada; hoy su equivalente es la firma cualificada.
¿Qué necesitas para tus documentos?
Para la mayoría de contratos privados (arrendamiento, arras, presupuesto, hoja de encargo, contrato de trabajo, acuerdo de confidencialidad) suele bastar una firma electrónica con buenas pruebas, sin certificado digital. Si alguien impugna la firma, quien la aporta puede acreditarla con cualquier prueba útil, como el registro de auditoría, y si no queda acreditada, el tribunal la valora según las reglas de la sana crítica (artículo 326 LEC, al que remite el artículo 3 de la Ley 6/2020). Lo explicamos en ¿es legal la firma electrónica en España? y en cómo firmar un PDF sin certificado digital.
Necesitas certificado, DNIe o algo más en estos casos:
- Trámites con la Administración: si la sede electrónica de un organismo te pide firmar con certificado electrónico o con el DNIe, usa el sistema que te indique, por ejemplo AutoFirma. La FNMT expide gratis el certificado electrónico de ciudadano.
- Firma cualificada exigida: si una norma, un organismo o la otra parte la pide, necesitas un prestador cualificado de servicios de confianza que te ofrezca una firma cualificada, con certificado cualificado y dispositivo cualificado de creación de firmas.
- Actos con forma especial: los contratos de derecho de familia y sucesiones y los actos que exigen documento público o la intervención de un notario, un registrador, un juez u otra autoridad pública se rigen por su propia normativa (artículo 23 LSSI). Una escritura de compraventa de un inmueble, por ejemplo, se firma ante notario.
Cómo lo hace BuiltSign
Con BuiltSign, tus firmantes no necesitan certificado digital ni DNIe: firman en el navegador del ordenador, la tableta o el móvil, sin cuenta, con una firma electrónica simple (SES). Lo que en una firma digital aporta el certificado, quién firmó, aquí lo aportan las evidencias: el correo verificado, la dirección IP, las horas en UTC y el código SMS que el firmante confirma justo antes de firmar cuando la solicitud sale de una cuenta.
Que el documento no ha cambiado lo demuestra de otra forma: BuiltSign guarda el hash SHA-256 del original y del PDF firmado y, para el PDF firmado, solicita un sello de tiempo RFC 3161 a DigiCert, una autoridad de sellado de tiempo independiente. Si cambia un solo carácter del PDF, el hash ya no coincide. El PDF firmado incluye una página de certificado con un enlace de verificación, y en builtsign.com/verify cualquiera puede comprobarlo sin cuenta. Como remitente, descargas además el certificado de auditoría con la cronología completa.
Si necesitas más certeza sobre la identidad sin recurrir a un certificado, SES+ añade una verificación de identidad con documento de identidad y selfi. Jurídicamente sigue siendo una firma electrónica simple, no una avanzada. BuiltSign no ofrece firma avanzada (AES) ni cualificada (QES): si tu documento exige una de ellas, usa un prestador que la ofrezca.
Este artículo es información general, no asesoramiento jurídico.
Preguntas frecuentes
- No exactamente. La firma electrónica es el concepto jurídico y abarca cualquier forma electrónica de firmar. La firma digital es una técnica con certificado y criptografía, y es una de esas formas. En el día a día se usan a menudo como sinónimos.
- No automáticamente. A ninguna firma electrónica se le pueden denegar efectos jurídicos solo por ser electrónica. La firma digital aporta una prueba técnica más fuerte de que el documento no ha cambiado, pero solo la cualificada equivale por ley a la manuscrita. En la mayoría de contratos pesan más las pruebas que la etiqueta.
- No. Es una imagen de tu firma manuscrita: no lleva certificado ni muestra si el documento cambió después. Puede servir como firma electrónica, pero por sí sola demuestra muy poco.
- No. Tus firmantes firman en el navegador con su enlace personal, sin cuenta, certificado ni DNIe. BuiltSign ofrece una firma electrónica simple (SES) y registra las pruebas de cada firma. Si un trámite o una norma exige firmar con certificado o con una firma cualificada, necesitas otra solución, porque BuiltSign no ofrece QES.

